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3.08.2013

FEUDALISMO


El feudalismo es una estrecha conexión del vasallo con el señor, hasta el punto de identificarse con él; ningún vínculo lo enlaza con el príncipe ni con la nación; solo ve y conoce a su señor inmediato; a él presta sus servicios; de él reclama protección y justicia; únicamente recibe órdenes de su autoridad. No obtiene justicia de sus vecinos, súbditos de otro, sino porque es en cierto modo cosa de su señor, en provecho del cual redundan los honores y las ventajas del súbdito feudal; y el súbdito no es hombre, sino en cuanto se le considera miembro del feudo.
Esta forma no se encuentra entre los Eslavos, ni entre los Romanos, ni siquiera en la India ni en Escocia; es propia de los Germanos, pero no proviene de las instituciones primitivas, sino de la conquista.
El jefe de una banda guerrera que a él se había subordinado para realizar una empresa, conquistaba una provincia; las tierras eran consideradas comunes, y repartidas entre los principales, quienes las subdividían para repartirlas a sus compañeros de menor grado. Estos quedaban así agregados a la tierra y al señor de quien la recibían, adquiriendo estabilidad las relaciones con éste; la igualdad, tan querida de los Germanos, cedía el paso a una aristocracia. Otros se dedicaban al cultivo de terrenos abandonados, y para la protección de sus bienes y personas, se ponían bajo la supremacía de un vecino. A menudo hasta los propietarios libres se presentaban a algún jefe poderoso y le recomendaban su alodio a fin de que lo defendiese. De este y otros modos se formaba un feudo.
El jefe bárbaro tenía por principal obligación la de proveer de guerreros al ejército real; por lo mismo obligaba a sus vasallos a servir en persona o a proporcionar hombres, armándolos y manteniéndolos a sus expensas. Si la persona beneficiada moría a desmerecía, los señores revocaban el feudo, para concederlo a otro; pero los vasallos procuraban hacerlo hereditario, ayudados en esto por la naturaleza de los bienes raíces; de modo que las familias se injertaban en el feudo y concluyeron por identificarse con él.
A cada cambio, el poseedor renovaba el juramento y el homenaje, y recibía la investidura; lo que se hacía con aparato teatral. El heredero, con la cabeza descubierta, depuesto el bastón y la espada, se postraba ante el señor feudal, quien le entregaba una rama de árbol, un puñado de tierra u otro símbolo.
Así, no se consideraban miembros del Estado más que aquellos que poseían un terrazgo; y al fin no hubo tierra sin señor, ni señor sin tierra. Esta forma se fue extendiendo, y hubo ciudades y conventos que se sometieron a las obligaciones feudales para tener vasallos. Con el tiempo se hicieron hereditarios los cargos de senescal, palafrenero, copero, porta-estandarte, y hasta los altos mandos militares. Desde que se hizo hereditario el feudo, lo fue también la lealtad.
A la propiedad estaba aneja la soberanía, y pertenecían al poseedor del feudo, respecto de sus habitantes, los derechos soberanos reservados actualmente al poder público. Así, pues, los vínculos de parentesco se rompían, y la idea abstracta del Estado cesaba. Los barones quedaban interpuestos entre el rey y el pueblo, sin que estos últimos pudiesen ponerse en comunicación sino por medio de aquellos. De este modo el rey fue únicamente soberano de nombre. Y no tenía mayor realeza el emperador, salvo la poca que le daba su carácter religioso. Cesaron las asambleas. Los feudatarios estaban ligados entre sí dentro de un sistema jerárquico. La única fuente del poder era Dios, cuyo vicario era el Papa, el cual, reservándose el gobierno de las cosas eclesiásticas, confería el de las temporales al emperador; y uno y otro confiaban el ejercicio del gobierno a oficiales, investidos de una tierra, que éstos subdividían entre oficiales menores. Un mismo individuo podía ser señor y vasallo; y poseer feudos de naturaleza y países distintos. Muchos reyes se hicieron vasallos de la Santa Sede; los de Inglaterra prestaban homenaje a los de Francia por la Normandía. Los prelados hubieran estado sujetos a iguales obligaciones, pero como por respeto a los cánones, no podían verter sangre en guerra ni en juicio, se hacían suplir por vizcondes o abogados. Estos, en algunos puntos, se hicieron hereditarios, llegando a ser más ricos y poderosos que el prelado.
En esta cadena, nada le quedaba al rey, quien no podía hacer lejanas expediciones, puesto que los barones estaban únicamente obligados a militar por breve tiempo. Esto detuvo las emigraciones y las conquistas. Los señores de vez en cuando se reunían en cortes plenarias, no para dictar leyes, sino para combatir el lujo.
Derechos
Según las ideas germánicas, nadie estaba obligado a cumplir más que los pactos que hubiese contraído; de modo que la ley no era obligatoria para todo el país, sino únicamente para el territorio del señor que la hacía. Las regalías consistían en la jurisdicción, en la acuñación de moneda, en la explotación de minas y en exigir peajes; los grandes vasallos las usurpaban unas tras otras. La hacienda no constituía un arte, por cuanto al príncipe le bastaban las regalías y los bienes de familia; las Cortes eran sencillas y no costaban nada el ejército ni los empleos, que corrían a cargo de los feudatarios. Estos consiguieron sobreponer, en todas las relaciones sociales, la idea de territorio a la de nación y personalidad. Los códigos de raza fueron sustituidos por usos locales, y la justicia no fue ya una delegación superior, sitió una consecuencia del derecho de propiedad. Un feudatario no podía ser castigado por una injusticia, a no ser de la manera que hoy podría serlo un rey por otro rey; faltaba un tribunal supremo. Si alguna vez se elevaba un litigio o una causa, de tribunales inferiores al rey o al emperador, éste no revisaba la sentencia, sino la causa misma, y solo podía juzgarla diversamente cuando contaba con la fuerza. En suma, todo duque, conde, marqués o barón era un pequeño rey; él mandaba en su país; no pagaba tributos, y vengaba las injurias con la guerra privada (derecho del puño), que podía dirigir hasta contra su soberano.
Los señores feudales vivían fortificados en breñas y castillos, admirablemente dispuestos para la defensa, y que impidieron las incursiones de nuevos Bárbaros. Allí dentro acumulaban cuanto era necesario para la vida y la guerra. El feudatario concebía una elevada idea de sí mismo, siendo independiente, tirano para con sus súbditos, y altivo como superior al temor y a la opinión; era aficionado a los caballos, a las armas y a la caza; en vez de sueldo, daba a sus oficiales la libertad de la expoliación y el vejamen; y él mismo, desde su castillo, lanzábase sobre los valles para robar provisiones y mujeres. No había más juez que él, y no se oían más voces de censura que las de algunos frailes, que iban sumisamente a recordarles el decálogo.
El vasallo debía respetar a su señor, impedirle todo daño o deshonra, y rescatarlo si caía prisionero; además, tenía que prestarle el servicio de las armas por un tiempo fijo, reconocer su jurisdicción, y pagar cierta cantidad cuando el feudo cambiase de titular. A esto se añadían otras obligaciones particulares, como la de servirse del molino, de la prensa, del horno del amo, mediante el pago de una cantidad determinada; darle parte de los frutos o prestarle un número dado de jornales. En algunos puntos, el señor era tutor de todos los menores, o heredaba de todas las personas que morían intestadas, o podía ofrecer un marido a toda heredera de feudo. El señor heredaba de todo extranjero que moría en su territorio, y se apropiaba las naves y personas arrojadas por la tempestad, derecho que se abolió muy tarde. El privilegio de la caza resultaba gravosísimo para los súbditos, cuyos campos quedaban devastados después de las cacerías, y cuyas personas eran objeto de muy graves penas, si mataban o cogían a un animal silvestre. Estas eran las obligaciones más comunes, pero sería imposible enunciar todas las particulares impuestas por la arrogancia o el capricho, como regar las plazas, echar una medida de maíz a las aves del corral, dar saltos acompañados de un ruido ignoble, mover el cuerpo haciendo el borracho, tener que llevar ya un huevo, ya un nabo, en un carro tirado por cuatro pares de bueyes, y otras extravagancias indignas, que solían acompañar el acto de la investidura de un feudo. Resto de aquellas costumbres era el bofetón que el príncipe daba al armar a un caballero, y que hoy da todavía el obispo en el acto de la confirmación.
El derecho más solemne era el de la guerra privada o de los duelos, los cuales fueron sometidos a ciertas formalidades para hacerles menos frecuentes y menos homicidas.
El derecho feudal se escribió tarde, y tuvieron mucha autoridad los libros de Gerardo y Obesto, jurisconsultos milaneses (1170); libros comentados y ampliados por muchos, y editados definitivamente por Cuyacio.
El feudalismo se extendió por toda la Europa germánica, modificado según los países; pero principalmente en Francia, donde duró hasta la Revolución, y en Inglaterra donde en parte dura todavía. La España no tenía feudos, en el verdadero sentido de la palabra, pero la Castilla sacó su constitución de una nobleza feudal, poderosa por sus conquistas progresivas sobre los Árabes, donde no solo las tierras, sino aun ciudades enteras se daban en beneficio. Pueden considerarse como feudos eclesiásticos los beneficios que la Iglesia concedía, y es también feudo el patronato, trasmisible a los herederos.
En este nuevo estadio de la civilización, que tiene tanto de teocrático como de guerrero, se desmenuzaban los poderes públicos, no teniendo valimiento más que sobre los dependientes inmediatos, los cuales, inamovibles también en el territorio y el empleo, obedecían tan solo dentro de los límites precisos de lo pactado. La unidad imperial desapareció, y quedó en pie tan solo la de la Iglesia. La legislación no era ya personal, como bajo los Bárbaros, ni nacional como bajo los Romanos, sino que variaba según la naturaleza del proceso; no era la nación la que exigía la obediencia por medio de sus magistrados; la obediencia era una obligación personal.
Efectos del feudalismo
Entonces se pudo probar la nobleza con el título de propiedad de que tomaba su nombre. Los débiles quedaron abandonados al arbitrio de los fuertes, pues la gente que no poseía se hallaba supeditada a la que poseía; y mientras a ésta le estaba todo permitido, solo había padecimientos para la otra. Cuando cada propiedad era un Estado diferente, las comunicaciones tenían que ser difíciles; cada feudatario establecía un peaje, un impuesto a las personas y a las mercancías que atravesaban su territorio, lo que dificultaba los viajes y el tráfico. Sin embargo, la dependencia feudal tenía una ventaja sobre la esclavitud romana, por cuanto el siervo, el colono no perdía la dignidad de hombre; el señor tenía interés en conservarlo, y no podía venderlo ni cederlo sin consentimiento del monarca. La gente, en vez de afluir a las ciudades, dejando desiertos los campos, poblaba las campiñas que rodeaban a los castillos, y la vida privada prevalecía sobre la pública. El feudatario debía vivir en la familia, y rodear de cuidados al primogénito, destinado a sucederle; la mujer representaba al marido cuando este se hallaba ausente. De aquí el sentimiento de la dignidad personal, que dio origen a la caballería. Todo descansaba sobre pactos, sobre la palabra dada, sobre la lealtad. No podía imponerse nada fuera de lo convenido. Los vasallos velaban porque el rey no les usurpase poder alguno; esto originó la representación señorial, que más tarde sirvió de modelo a la popular. El derecho privado y el apego al señor no obedecían a una baja sumisión como en Asia.
Nada propendía a constituir un gobierno bien ordenado. El feudalismo hacía fondear en la tierra al bajel de las emigraciones; pero multitud de obstáculos impedían el desarrollo de la civilización. La idea de patria no nacía; las divisiones territoriales eran casi las mismas que existen aún en algunos puntos y que duraron en Francia hasta la Revolución.
Tampoco se formó una confederación de los Estados feudales; algunos de ellos predominaron y afirmaron un poder superior a los poderes locales; de suerte que hubo un corto número de ducados y principados, con los cuales surgió la necesidad de leyes más amplias, de juicios más regulares, de impuestos, de un ejército y todas las instituciones de los Estados modernos. En la sociedad imperaban los sentimientos del pundonor, la fidelidad a la palabra empeñada y el desprecio a todo acto de felonía.


12.22.2012

ISABEL LA CATÓLICA



El almirante Alfonso Enríquez, primo del rey, tenía un hijo que en 1481 protagonizó un altercado en Valladolid. Su rival era Ramiro Núñez de Guzmán, Señor de Toral de los Vados y tronco de la ilustre Casa de los duques de Medina de las Torres. El lance en el que ambos se vieron envueltos hizo mucho ruido y dio origen a varios cantares que sonaron durante mucho tiempo por tierras castellanas. 

Ramiro cortejaba a una de las damas de la reina. Una noche en la que hablaba con ella en la antecámara repleta de cortesanos, entró Fadrique Enríquez, que cortejaba a otra dama, y pidió paso para acomodarse a su gusto junto a su enamorada. Empleó para ello palabras ofensivas que el otro no entendió bien por ser algo duro de oído, pero que sus amigos se encargaron de repetirle. Ambos jóvenes, que rondaban los veinte años, comenzaron así una acalorada discusión en el transcurso de la cual profirieron amenazas que presagiaban un próximo enfrentamiento. 

Garcilaso de la Vega, camarero de la reina, fue a contarle a Isabel lo que sucedía para que el lance no pasara de ese punto. Se tomaron entonces las medidas oportunas: el Consejo Real ordenó que permanecieran arrestados en sus domicilios hasta sustanciarse la querella por injurias que a este órgano correspondía fallar, por tratarse de miembros de la nobleza. 


Isabel intentó que ambos se reconciliasen. “Embióles à mandar, que de dicho ni de fecho no inovasen el uno contra el otro cosa alguna, porque ella lo mandaría remediar por justicia; e puso treguas entre ellos, las quales mandó que guardasen so ciertas penas”. 

La reconciliación no tuvo éxito. Fadrique se resentía en su orgullo por tener que someterse a la justicia, y no estaba dispuesto a dejar así las cosas. Se había ausentado para que no le fueran notificados los mandatos de la reina, y tener así la excusa para ignorarlos. Entonces Isabel, para evitar el enfrentamiento, concedió a Ramiro Núñez un seguro real que le convertía en persona inviolable. 

La nueva medida no sirvió de mucho: poco después Isabel recibía aviso de que en la plaza Mayor de Valladolid unos jinetes enmascarados, entre los que según todos los indicios se encontraba el hijo del almirante, apaleaban a Ramiro dejándole malherido y después se dieron a la fuga. Isabel, al sospechar que el agresor se había refugiado en el castillo de Simancas, por hallarse la guarnición a las órdenes de su padre,“montando al mismo tiempo en justa cólera y a caballo”, cabalgó bajo un fuerte aguacero, “e como se sopo por la corte que la reyna iba sola, luego todos los capitanes de su guarda cavalgaron, e fueron corriendo hasta que la alcanzaron”. De ese modo, acompañada de tan reducida escolta, se presentó ante las puertas de la fortaleza. 


Castillo de Simancas

—Almirante, dadme luego a Don Fadrique vuestro fijo para facer justicia dél, porque quebrantó mi seguro —demandó. 

—Señora, no le tengo, ni sé dónde está. 

—Pues no me podéis entregar vuestro fijo, entregadme esta fortaleza de Simancas, é la fortaleza de Rioseco. 

—Señora, pláceme de buena voluntad entregaros estas fortalezas é todas las otras que tengo.
Luego el almirante llamó al alcaide, y en presencia de la reina mandó que se entregase el castillo a quien ella ordenase. Isabel hizo salir a todos los hombres del almirante y designó al capitán Alonso de Fonseca para tomar posesión de la fortaleza y registrarla en busca de Fadrique. El joven, en efecto, estaba allí, pero tan bien escondido que no pudieron encontrarle. 

La reina cayó enferma de agotamiento y se vio obligada a guardar cama. Cuando alguien le preguntó por el motivo de su enfermedad, ella respondió: 

—Duéleme el cuerpo de los palos que Don Fadrique dio ayer contra mi seguro. 


Isabel continuaba muy enojada por aquel episodio, decidida a conseguir que todo el mundo entendiese con qué respeto se habían de atender las salvaguardas y seguros de los reyes. El almirante consultó con su familia y todos estuvieron de acuerdo en que no había más remedio que entregar a Fadrique, así que, para evitar males mayores, persuadió a su hijo de que se presentara ante Isabel y solicitara su perdón. Encargó el cometido de acompañarlo al condestable, tío materno del joven, quien lo llevó a palacio y solicitó audiencia con la reina. Esta recibió únicamente al condestable.

“El condestable dixo a la reyna cómo ponía a su disposición á su sobrino para que dispusiese de él como fuese servida, que bien conocía havia sido su desacato grande; pero que la suplicaba pusiese la consideración en que los yerros de los mozos eran en algún modo excusables por su edad y poco conocimiento; y asi havia de templar la pena que tan justamente merecía su sobrino conforme à la grandeza de Su Magestad. Esto obligó a la reyna a usar de templanza, y para evitar mayores lances, conociendo el pundonor de Ramiro Núñez de Guzmán y sus parientes, embió a Don Fadrique preso con un Alcalde de Corte a la fortaleza de Arevalo, y mandó lo llevasen públicamente por la plaza de Valladolid, como lo executó el Alcalde, entregandole al de la fortaleza de Arevalo, que le puso en una prisión muy estrecha, sin permitir que nadie le viese…” 


Ramiro Núñez, no contento con la pena impuesta a Fadrique, quiso tomarse la venganza por su mano. Una noche aguardó a que el almirante saliera de palacio tras entrevistarse con los reyes. “Veniendo por una calle en la villa de Medina del Campo, sobrevino este Ramir Núñez con otros quatro de caballo que le guardaban, é fue contra el almirante por le ferir con un palo, é de fecho le injuriara, salvo por algunos homes que le acompañaban que se pusieron delante, e le ocuparon que no le pudo ferir. É por este acometimiento que Ramir Núñez fizo, el Rey e la Reyna mandaron proceder contra él por justicia, é le fueron tomados todos sus bienes é rentas é castillos é fortalezas que tenía en el Reyno de León é de Castilla, y él se fuyó, é se fue para el Reyno de Portogal”. 

Doña Ana de Cabrera, condesa de Módica

Posteriormente, como Fadrique era primo del rey, se le conmutó la pena de prisión en Arévalo por la de destierro. El joven pasaría varios años en Sicilia, de donde regresó casado con una dama del lugar, Doña Ana de Cabrera, condesa de Módica, joven cuya mano había sido muy disputada. Más tarde, a la muerte del almirante, Fadrique lo sucedió en su cargo. También Ramiro, señor de Toral de los Vados, recobraría el favor real. 

A pesar de su carácter impetuoso, ambos jóvenes gustaban de otras ocupaciones menos belicosas: eran muy aficionados a las letras; Fadrique, quien recibió el sobrenombre de “el Sabio”, componía versos y Ramiro escribió en buen latín la historia del Cid. En 1496 Fadrique fue el encargado de llevar a Juana a Flandes para contraer matrimonio con Felipe el Hermoso, así como de traer a Castilla a la princesa Margarita, futura esposa del príncipe don Juan. Fue también el padrino de la boda de Juana y Felipe. 

TESTAMENTO DE UNA REINA INTELIGENTE

El 23 de noviembre, tres días antes de su muerte, Isabel ordenó que se añadiera un codicilio a su testamento, recogiendo dos cuestiones que le preocupaban sobremanera: una era la legalidad del impuesto de alcabala (tributo del tanto por ciento del precio que pagaba al fisco el vendedor en el contrato de compraventa y ambos contratantes en el de permuta) y la necesidad de que fueran las Cortes las que establecieran los tributos; la otra era una disposición a favor de los indios (Colón todavía no regresaba de su cuarto viaje) en virtud de la cual encargaba y ordenaba a su marido, a Juana y a don Felipe, y a sus sucesores, que emplearan toda su diligencia para no consentir ni dar lugar a que los naturales y moradores de las Indias y Tierra Firme, tanto ganadas como por ganar, recibieran agravio alguno en sus personas y bienes, sino que fueran bien y justamente tratados, y si algún agravio se hubiere cometido contra ellos, que se remediara y proveyera.

El codicilo

El fallecimiento de Isabel I de Castilla conmocionó a Occidente, donde la creencia en su destino providencial y su fama de santidad eran públicas y notorias. El 26 de noviembre de 1504, a los cincuenta y tres años de edad, la Reina Católica se despedía de su misión en este mundo declarando su legado por escrito y ante testigos. Con ella desaparecía una personalidad magnífica, irrepetible; una mujer sentimental y apasionada, una reina consciente de su magna tarea y una humilde sierva de Dios. A ella se había debido el final de la Reconquista y la reunificación de España; a ella se debió el impulso decisivo para la gesta americana o la reforma del clero; a ella se debe, también, la creación de los primeros hospitales de campaña o el establecimiento del primer sistema de pensiones para viudas y huérfanos de la historia de Occidente. Al tomar posesión del trono de Castilla tres décadas antes, Isabel había hallado un reino desgarrado y al borde de la guerra civil, menudeando las intrigas, las ambiciones dinásticas y de influencia; ahora lo abandonaba integrado en una España ya convertida en imperio atlántico y mediterráneo.

Ese mismo día 26, el rey Fernando el Católico dictó una carta dando cuenta de la muerte de la reina, su esposa, a las ciudades y órganos de poder de su reino.

"Hoy, día de la fecha de ésta, ha placido a Nuestro Señor llevar para sí a la serenísima reina doña Isabel, mi muy cara y muy amada mujer. Y aunque su muerte es, para mí, el mayor trabajo que en esta vida me pudiera venir, y por una parte el dolor de ella y por lo que en perderla perdí yo y perdieron todos estos reinos me atraviesa las entrañas, pero por otra, viendo que ella murió tan sana y tan católicamente como vivió, de que es de esperar que nuestro Señor la tiene en su gloria, que para ella es mejor y más perpetuo reino que los que acá tenía, pues que a Nuestro Señor así le plugo, es razón de conformarnos con su voluntad e darle gracias por todo lo que hace.

Y porque la dicha serenísima reina, que santa gloria haya, en su Testamento dejó ordenado que yo tuviese la administración y gobierno de estos reinos y señoríos de Castilla y de León y de Granada por la serenísima reina doña Juana, nuestra muy cara y muy amada hija, lo cual es conforme con lo que los procuradores de Cortes de estos reinos le suplicaron en las Cortes que se comenzaron en la ciudad de Toledo en el año de quinientos y dos y se continuaron y acabaron en la villa de Madrid y Alcalá de Henares en el año de quinientos y tres, por ende yo os encargo y mando que luego que ésta viereis, después de hechas por su alma las exequias que sois obligados, alcéis y hagáis alzar pendones en esa dicha villa por la dicha serenísima reina doña Juana, nuestra hija, como reina y señora de estos dichos reinos.

Y para lo que toca al despacho de los negocios de esa y las otras cosas que son a vuestro cargo, yo os envío, con la presente, poder para ello. Y tened mucho cuidado, como siempre lo habéis tenido, de la buena administración de la justicia de esa y las otras cosas que son a vuestro cargo.
Y porque la dicha serenísima reina, que santa gloria haya, mandó por su Testamento que no se trajese por ella sarga, no la toméis ni traigáis ni consintáis que se traiga. Y hacedlo así pregonar porque venga a noticia de todos"



Siguiendo las instrucciones de la Reina, el original de su Testamento fue depositado en Guadalupe, mientras otro ejemplar permaneció en el archivo Real y posteriormente fue llevado a Simancas.

Este documento de trascendencia y calidad indudables, fue redactado en circunstancias muy distintas a las de hoy; conviene tenerlo en cuanta al leerlo e interpretarlo. Isabel, de fe católica profunda, era consciente de que se hallaba próxima a «aquel terrible día del juicio y estrecha examinación», «más terrible para los poderosos» que para el común de los mortales. Mediante su declaración, consciente y voluntaria, daba cuenta cabal de su existencia, de lo que a su juicio había hecho bien y de lo que había hecho mal.
El Testamento de la reina Isabel I se sitúa cronológicamente en el periodo histórico donde se dibuja, en las monarquías europeas, la primera forma de Estado. Quien en aquellos momentos que analizamos lo dicta y firma no lo hace en calidad de persona privada, sino desde el «poderío real absoluto» que le pertenece. El término «absoluto», en esta época, no ha de entenderse como arbitrario, sino que no depende de otro superior, es decir, que no es «relativo». Cuando la reina (o el rey) dispone desde ese poderío, ni más ni menos, está ejerciendo su potestad legislativa. El Testamento es ley; una ley fundamental.
La declaración de última voluntad (o últimas voluntades), expresada bajo la cobertura del poderío real, se refería a lo que es privativo de la Corona o, lo que es lo mismo, a la función de reinar. Como la sucesión del trono estaba regulada por la costumbre, acorde en general con la doctrina jurídica de las Partidas, pero no por ninguna ley expresa, era necesario expresar en el Testamento la línea de sucesión establecida.
Redactó el Testamento, al dictado de la reina Isabel, el secretario Gaspar de Grizio, hombre de confianza que conocía muchas cosas reservadas y secretas; ella lo firmó el 12 de octubre de 1504, consciente y voluntariamente.
Ante todo había que regular la cuestión sucesoria. Muertos los hijos mayores, Isabel y Juan, malogrados los hijos de ambos, Juana se encontraba en primera línea. Juana sería «reina verdadera y señora natural», reconociéndose a Felipe únicamente los honores y dignidad que le correspondían «como su marido». Habría, pues, un rey consorte. Además, todos los oficios, cargos y dignidades laicos o eclesiásticos se reservaban para los naturales del país; esto significaba que los españoles iban a ser gobernados por españoles y no por extranjeros. Y el «trato y provecho» de las Islas y Tierra Firme de allende la mar Océana y las islas Canarias, se reservaba como monopolio a los «reinos de Castilla y León». No por tal mandato se eliminaba a los moradores de la Corona de Aragón, los cuales tenían reconocido desde 1478, a estos efectos, la equiparación con los castellanos, sino a la Casa de Habsburgo y a sus servidores, dc cuya concupiscencia tenían pruebas bastante sobradas. Algo en lo que Isabel no podía ni debía transigir, ni por conciencia, ni por razón de Estado.
En definitiva, el Testamento se precavía contra la aparición de un rey de extraño país y extraño lenguaje, que entregaría el reino y a sus naturales a la administración extranjera.
Los méritos de Fernando, su marido, el rey Católico, sus excelencias y extraordinaria capacidad como monarca y como persona no tenían comparación con Felipe, el irreverente marido de Juana. Así que, tras explicar el asunto del trato y provecho de las Indias y de evitar que fueran a parar a bolsillos flamencos, la Reina ordenaba a sus súbditos que aunque Granada, las Islas, Tierra Firme y Canarias fuesen, por bula legítima, entregadas a Castilla, teniendo en cuenta «tan grandes y señalados servicios» como Fernando prestara en su adquisición, reconociesen al rey de Aragón la mitad de estas rentas. De modo que aun en el caso de que Juana pudiera gobernar, lo que ella no creía, la posición económica y política del Rey Católico quedaba suficientemente reforzada.
La mayor parte del Testamento se dedica a expresar una seria profesión de fe, con las consecuencias que de ésta se derivan. Alejandro VI había otorgado título de Católicos a los Reyes con la certidumbre de que, desde su convicción absoluta de la divinidad de Cristo y de la integridad de la Iglesia en su fe, iban a asumir el compromiso de hacer realidad una Monarquía católica en todos sus dominios.
Escribiendo a su confesor fray Hernando de Talavera, Isabel confió a la pluma una especie de reflexión profunda:

"Siendo la vida humana tránsito temporal hacia la eternidad los reyes «deben recordar que han de morir» y de que el juicio que Dios va a pronunciar sobre ellos es más severo que sobre el común de los mortales".


El Testamento se inserta en esa línea de conducta que consiste en «aparejarse a bien morir». Isabel expresaba en su dictado la autodefensa de un alma, presentando como méritos la preocupación por la justicia, el repudio de la esclavitud y la persecución de herejes que había provocado la expulsión de judíos y musulmanes. El simbolismo del águila —emblema de los Reyes Católicos y por ende de España— también aparece aquí explicado: el águila es el evangelista San Juan, y en 1475 la Reina había reclamado de fray Hernando de Talavera ser iniciada en los «muy altos misterios y secretos» que Jesús había comunicado al discípulo amado; la obra Loores del bienaventurado San Juan Evangelista es hoy perfectamente conocida.

Sabiendo, pues, que estaba a punto de comparecer ante el Tribunal de Dios, Isabel preparó un pliego de descargos que transita en dos líneas paralelas: la que se refiere a su conducta pública como reina y la que atañe a su persona privada; pero una y otra, indisolublemente, en cuanto católicas. Cuidadosamente limitó el lujo en las honras fúnebres, que habrían de serle tributadas, disponiendo que se repartiese a los pobres el dinero que de otro modo se gastaría en las exequias. Impuso a sus sucesores con mucho rigor la obligación de devolver las deudas aún no restituidas -conocemos por los inventarios de Gonzalo de Baeza y Sancho de Paredes cómo se cumplió este mandato. Entrando en este capítulo, la Reina reconoció tres errores o deficiencias que necesitaban ser corregidas: no estaban aún amortizadas las plazas «acrecentadas» en los concejos, con gasto inútil para las ciudades; todavía se otorgaban mercedes indebidas en detrimento del patrimonio real y no se había conseguido del todo el finiquito de la deuda pública. Tres objetivos que sus herederos, los nuevos gobernantes, deberían poner en primer término. Esta es toda la célebre e imperativa cuestión de los «juros».
En cuanto a Gibraltar —asunto prioritario como el mantenimiento de las posesiones en África y su posible expansión para salvaguarda de la fe y la civilización— la frase: «que siempre tengan en la Corona la dicha ciudad, y no la den ni enajenen ni consientan dar ni enajenar cosa alguna de ella» ha dado origen a curiosas elucubraciones premonitorias de lo sucedido en 1704. Llave del Estrecho, el duque de Medina Sidonia había aprovechado la guerra civil en 1467 para conseguir de Enrique IV —hermano, por parte de padre de Isabel—una cesión como señorío. Desde el primer momento los Reyes habían programado el retorno de Cádiz al patrimonio real como mercado del Atlántico y también de Gibraltar como vigía del Estrecho. En 1493 compraron al marques de Cádiz esta ciudad pagando por ella un buen precio. La mala administración de los duques de Medina Sidonia que habían arruinado Gibraltar facilitó las cosas y en 1502 Gibraltar volvió al realengo (patrimonio real). Se pagó por ella la indemnización correspondiente. Rechazando la legitimidad de la cesión efectuada por Enrique IV, Isabel declaró que «la restitución y reincorporación fue justa y jurídicamente hecha».
El capítulo más importante por las grandes consecuencias que de él se derivaron figura en el Codicilo, no en el Testamento, y es el que reconoce en los habitantes de las Islas y Tierra Firme recién descubiertas la condición de súbditos y, con ella, los derechos naturales humanos de vida, propiedad y libertad. Las expresiones son suficientemente claras: al referirse a los indios con las mismas palabras que se dirigían a los habitantes de Castilla, «vecinos y moradores» se estaba reconociendo la legitimidad de las comunidades locales que ya tenían establecidas. La garantía en persona y bienes apuntaba a los dos derechos naturales básicos de libertad y propiedad según el sentir de los teólogos de la época.
Ya para concluir esta exposición, un apunte breve. En el desprendimiento final de los bienes materiales, Isabel, tras devolver a los Príncipes las joyas que éstos le regalaran y distribuir las reliquias que poseía entre Segovia y Granada, las ciudades que eran principio y fin de su reinado, ordenó que se vendieran sus bienes muebles. Pero hizo una salvedad: que Fernando escogiera las joyas y otras cosas que quisiere porque «viéndolas pueda tener más continua memoria del singular amor que a su señoría siempre tuve».
Envío de amor que tiene su respuesta en la carta que el 26 de noviembre dictó Fernando, dando cuenta de la muerte de la Reina, y que ya transcrita en este mismo escrito, ha de servirme para la despedida:

«Su muerte es, para mí, el mayor trabajo que en esta vida me pudiera venir» y «el dolor de ella y lo que perdí yo y perdieron estos reinos me atraviesa las entrañas».

Bibliografía:
Crónica de los Señores Reyes Católicos… - Hernando del Pulgar .



12.21.2012

LOS CABALLEROS EN EL MEDIEVO


 

La creación de órdenes de caballería y la publicación de novelas de caballería son consecuencia y causa a la vez de la proliferación de caballeros andantes que demuestran su habilidad en las numerosas justas y torneos que para ellos se organizan en todos los territorios europeos, y entre ellos los hispánicos, a los que llegan caballeros como el borgoñón Jacques de Lalaing, que en 1446 hace promesa de llevar en el brazo derecho un brazalete de oro y de combatir contra cualquiera que toque su divisa. Es el tiempo de los catalanes Francí Desvalls o Miquel d’Orís, los valencianosFelip Boyl o Joanot Martorell, autor de Tirant lo Blanc; los castellanos Juan de Merlo, Pedro Barba, Fernando de Guevara o Gutierre Quijada, del que afirmará descender don Quijote.

Individual o colectivo, justa o torneo, el combate caballeresco no tiene por qué realizarse contra enemigos o rivales conocidos; en muchos casos, el caballero hace voto de permanecer en determinada situación hasta que otro lo libere de su promesa combatiendo con él. Entre los votos más frecuentes figuran dejarse la barba, no cortarse el cabello, llevar un ojo cubierto, no comer carne durante determinados días, no dormir en cama, llevar cadenas o grilletes en brazos y piernas, atravesarse el muslo con una flecha… O, en el caso de Suero de Quiñones, llevar al cuello una argolla todos los jueves del año hasta romper, él y sus compañeros, 300 lanzas contra cualquier caballero que pretenda cruzar el puente sobre el río Órbigo, por el que pasan los peregrinos jacobeos.

Los capítulos redactados por Suero se dan a conocer con seis meses de antelación: se compromete a mantener el paso con nueve caballeros, a cinco pasos del Camino, desde 15 días antes de Santiago hasta 15 días después o hasta haber roto las 300 lanzas; cada aventurero o caballero que acepte combatir podrá romper hasta tres lanzas con uno de los mantenedores. Quien se acerque al paso y no quiera combatir, habrá de dejar una de las armas o la espuela derecha. El reto atrajo a 69 caballeros, alemanes, catalanes, aragoneses, castellanos, portugueses, italianos, bretones… Se rompieron 178 de las 300 lanzas previstas.

El llamado Paso Honroso es un hecho hasta cierto punto excepcional, pero no así las justas y los torneos, con los que en la corte se celebran nacimientos y matrimonios o la simple llegada del rey a una ciudad. 


Se tiene por modelo al rey Arturo y sus caballeros de la Tabla Redonda, a los que se refiere Juan I de Portugal tras fracasar en la toma de Coria:

—Gran falta nos hicieran este día los caballeros de la Ta blaRedonda, pues ciertamente si ellos aquí estuvieran tomáramos este lugar.


Palabras que molestan a sus nobles, uno de los cuales responde:
—Señor, no hicieron falta aquí los caballeros de la Tabla Redonda, pues aquí está Martín Vázquez da Cunha, que es tan bueno como don Galaz, Gonzalo Vázquez Coutinho, que es tan bueno como don Tristán… y aquí estoy yo, que valgo tanto como don Quequa. Fáltanos sin duda el buen rey Arturo, su señor, que conocía a sus buenos servidores y les hacía mercedes por las que ardían en deseos de servirle.


La importancia y el interés de la sociedad por este mundo caballeresco lleva a Alonso de Cartagena, obispo de Burgos, a recoger todas las disposiciones legales sobre caballeros y caballería en el Doctrinal de Caballeros, escrito en 1446 a petición del conde de Castro. Este tratado tiene su equivalente catalán en elTractat de Cavalleria compilado en el siglo XV por el jurista leridano Bernabé Assam. Como buen clérigo, Alonso de Cartagena se opone a los torneos, tolerados cuando no estimulados por la ley civil y expresamente prohibidos por el Concilio de Letrán.

Bibliografía:
La España de los Reyes Católicos – Ángel Rodríguez Sánchez y José Luis Martín



GUZMÁN EL BUENO


Alfonso Pérez de Guzmán


Alfonso X el Sabio, rey de Castilla, atravesaba el duro ocaso de su reinado. Las circunstancias se aliaban para amargar los últimos años del monarca castellano: los moros de Granada habían roto la tregua con él concertada y llamaron en su ayuda al rey de Fez, que entró en Andalucía a sangre y fuego desde el norte de África. El comandante de las tropas de Alfonso caía en una batalla, y el príncipe heredero moría de modo repentino cuando estaba a punto de ponerse al frente del ejército. Ni siquiera había cumplido veinte años.
En jornadas tan cruciales, el reino se sostuvo gracias al infante Don Sancho, segundo hijo del rey. Sancho contaba con la inestimable ayuda del Señor de Vizcaya, y con este llegó un joven guerrero de apenas veinte años: Alfonso Pérez de Guzmán. 
Guzmán había nacido en León el 24 de enero de 1256, hijo natural del adelantado mayor de Andalucía. Su tía fue dama bien situada en la Corte: Doña Mayor Guillén de Guzmán, amor juvenil de Alfonso X cuando este era aún el príncipe heredero y se negociaba su boda con Violante de Aragón. El matrimonio tardaría años en poder celebrarse, dada la corta edad de la novia, y entretanto Alfonso se entregó a sus amores con Doña Mayor, fruto de los cuales nació Beatriz de Castilla. 
Cuando el Señor de Vizcaya derrotó a los moros en Jaén, Guzmán se encontraba entre sus filas. Era su primer combate, y no perdió la ocasión de señalarse haciendo prisionero a un caudillo berberisco, algo decisivo para la conclusión de la guerra. Su papel fue igual de importante durante la negociación de la tregua por dos años con el rey de Berbería. 


La hazaña había convertido en héroe al joven guerrero. Para celebrar el acontecimiento hubo un torneo en Sevilla, y toda la corte presenció cómo Guzmán volvía a destacar tal como lo había hecho en la batalla. Esa noche el rey preguntó a sus cortesanos quién consideraban que se había distinguido más en la competición, a lo que muchos contestaron: 

—Señor, Don Alonso Pérez es el que lo hizo mejor. 
—¿Cuál Alonso Pérez? 


Entonces Juan Ramírez de Guzmán, su hermanastro, respondió al monarca: 

—Señor, Alonso Pérez de Guzmán, mi hermano de ganancia. 

El comentario era una grosería, puesto que la expresión“hermano de ganancia” denotaba el origen bastardo de Guzmán. Era en realidad un insulto. Sus hermanos nunca habían aceptado bien su nacimiento, pero en esta ocasión se sumaban los celos a la afrenta que había supuesto para ellos su existencia. 

El joven acusó la humillación y no quiso encajar el golpe sin réplica adecuada: 


—Decís verdad, soy hermano de ganancia, pero vos sois y seréis de pérdida. Y si no fuera por respeto a la presencia ante la que nos hallamos, yo os daría a entender el modo en que debéis tratarme. Mas no tenéis vos la culpa de ello, sino quien os ha criado, que tan mal os enseñó. 


El rey intentó atajar la disputa, pero con el mismo poco éxito que obtenían todos sus asuntos en aquel tiempo: 
—No habla mal vuestro hermano —dijo—, que así es costumbre de llamar en Castilla a los que no son hijos de mujeres veladas* con sus maridos.
—También es costumbre de los hijosdalgos de Castilla —replicó él—, cuando no son bien tratados por sus señores, que vayan a buscar fuera quien bien les haga; yo lo haré así y juro no volver más hasta que con verdad me puedan llamar de ganancia. Otorgadme, pues, el plazo que da el fuero a los hijosdalgos de Castilla para poder salir del reino, porque desde hoy me desnaturalizo y me despido de ser vuestro vasallo. 



Era corriente en la época, en efecto, que los caballeros cristianos, cuando se consideraban injustamente tratados, rompieran el lazo de vasallaje por estimar que su señor feudal había sido el primero en faltar a las obligaciones con ellos contraídas. Muchos se iban a servir a los moros sin que ello supusiera menoscabo alguno en su honra. 

Alfonso trató de aplacarlo, pero en vano. Finalmente le concedió el plazo que pedía, y Guzmán lo empleó en vender cuanto había heredado de sus padres y todo lo adquirido por sí mismo en la guerra. Después abandonó Castilla en compañía de algunos amigos y servidores deseosos de compartir su destino. 
Se reunió con Yusuf, el rey de Fez, que se encontraba aún en Algeciras, y allí le prometió que le asistiría en todas sus empresas excepto en aquellas que le enfrentasen al rey de Castilla o cualquier otro príncipe cristiano. El monarca berberisco, entusiasmado, lo agasajó y lo puso al frente de todos los cristianos a su servicio. Luego se lo llevó consigo a África. 
La primera campaña en suelo africano fue contra los árabes tributarios del rey de Fez que se negaban a pagar la contribución. Guzmán propuso al moro que liberara a todos los cautivos cristianos para que combatieran a su lado. El rey así lo hizo, y con ese ejército el caballero acometió al enemigo con gran éxito. Derrotó a los rebeldes y logró que estos vinieran a ofrecer el pago de la duda contraída, junto con ricos presentes con los que pretendían asegurar la paz en adelante. Muchos eran partidarios de aniquilar por completo al enemigo y no aceptar sus ofertas, pero Guzmán rechazó el consejo. 
Con esa campaña se había ganado un puesto destacado en la corte de Fez, y no tardaron en llegar las noticias a Castilla. El reino se encontraba por entonces al borde de la revolución debido a la intención de Alfonso X de alterar el orden sucesorio cuando ya su hijo Sancho había sido declarado heredero. El hermano mayor de Sancho, Fernando de la Cerda, había fallecido, pero dejaba unos hijos que podían presentar mejores derechos que su tío, por descender de la rama primogénita. Sin embargo se trataba de unos niños que poco podían hacer por defender el reino en momentos tan delicados, mientras que Sancho había tomado las riendas con gran acierto cuando fue menester. Por ello los castellanos preferían su candidatura, fuera o no legítima tal preferencia. 


Sepulcro de Don Fernando de la Cerda en el monasterio de las Huelgas, Burgos


El rey también comprendía la necesidad de que fuera Sancho quien empuñase el cetro, pero lamentablemente la relación entre padre e hijo era nefasta, y no eran capaces de ponerse de acuerdo en apenas nada. 
Cuando Alfonso propuso una nueva alteración de la moneda y que se desmembrase el reino de Jaén para darlo a uno de sus nietos, se organizó una enorme trifulca en la que todo el reino parecía volverse contra el rey. Este, desesperado, hizo preparar una nave pintada de negro y tuvo la idea de meterse en ella con sus posesiones y abandonar Castilla para lanzarse al mar. 
Fue en ese momento cuando Alfonso se acordó de Guzmán y le escribió una carta en la que le daba cuenta de “la mi desdicha e afincamiento que el mío fijo a sin razón me face tener”, y le pide ayuda, puesto que “en la mía tierra me falla quien me había de servir a ayudar, forzoso es que en la ajena busque quien se duela de mí”. En definitiva, quiere aliarse con el rey de Fez, porque “si los míos fijos son mis enemigos, non será ende mal que yo tome a los mis enemigos por fijos”. Y en tono conciliador le dice que no mirase “a cosas pasadas, sino a presentes”. La carta está fechada “en la mía sola leal ciudad de Sevilla, a los treinta años de mi reinado y el primero de mis cuitas”(1282). 

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*La mujer que contraía legítimo matrimonio mediante acuerdos de esponsales, carta de arras y bendición sacerdotal, se llamaba “mujer velada” (uxor velata), una expresión que procedía de la misa de velaciones. Durante esta misa, oficiada después de la nupcial, se sostenía un velo sobre los esposos, cubriendo los hombros del varón y la cabeza de la esposa. Luego, despojados del velo por el acólito, eran amonestados sobre el cumplimiento de los deberes conyugales y rociados con agua bendita. Existía un libro en las parroquias, llamado Libro de velaciones, donde se registraban esas misas.